Deducciones fiscales para donaciones a la Fundación Obra Mercedaria

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Desde el pasado 6 de mayo se incrementa en cinco puntos porcentuales las deducciones por donaciones a ONG según el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo publicado en el BOE de 6 de mayo de 2020 que incluye una modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002 de donaciones.

Los nuevos porcentajes de deducción aplican desde 1 de enero de 2020 a las donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo. 

Los nuevos porcentajes de deducción son los siguientes:

  • Deducción del 80% para los primeros 150 euros donados.
  • A partir de ese importe, es decir para el importe donado por encima de los primeros 150 euros:
    • Deducción del 35%.
    • Deducción del 40% si se trata de donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años a la misma entidad por un importe igual o superior.

Estas nuevas deducciones se aplicarán en la declaración de la renta de 2020 para las donaciones realizadas desde el 1 de enero de 2020.

La Fundación Obra Mercedaria, al igual que la  Parroquia Mare de Déu de la Mercè, aplican estas deducciones fiscales al percibir las donaciones.

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